Leyes educativas

Antes de nada voy a explicaros un poco, mi profesora nos mandó un trabajo sobre las leyes del sistema educativo español, ya que para nosotras las maestras es muy importante porque si no sabemos las leyes no podemos hacer nada, lo cual nos hizo que buscáramos todas las leyes que ha habido hasta día de hoy: 

Antes de adjuntarlos el video con mi explicación sobre las leyes os voy a contar un breve resumen de la historia de las leyes :

    En España han existido numerosas leyes de educación y dentro de poco entrará en vigor la última, la LOMCE, Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa.

     Antes de dar unos apuntes sobre las implicaciones de esta nueva ley, queremos hacer un breve repaso a la historia de las leyes educativas en España.


 Hace muchos, muchos años…

      En la edad moderna, durante los siglos XVI y XVII, la educación y la cultura era un privilegio que sólo estaba al alcance de la nobleza y estaba exclusivamente a cargo de la iglesia. Así pues, sólo los más adinerados aprendían a leer, escribir y poco más.

En la Guerra de la Independencia, 1812, Manuel José Quintana, elaboró el Informe Quintana donde se definió la educación como instrumento de reforma social y el medio para la evolución y progreso de la sociedad. Aun así, este informe no llegó a ser ley, por el regreso de Fernando VII que impidió que entrara en el parlamento


Adjunto dicho video :https://drive.google.com/file/d/13jzQyzw0wJjUKngUyBAJhrJKI3re-co_/view?usp=sharing

https://www.todofp.es/profesores/biblioteca-todofp/normativa-de-educacion/leyes-organicas-de-educacion.html

Ley General de educación y para el financiamiento de la Reforma Educativa

Preámbulo:

  • Estructura que establece la conexión e interrelación entre niveles y oportunidades de reincorporación al sistema.
  • Criterio de unidad e interrelación: régimen común y regímenes especiales.
  • Racionalización que evita la subordinación del proceso educativo a los exámenes

Se establece la estructura del sistema educativo: preescolar (no obligatorio, no gratuito, para 4 y 5 años), EGB (obligatoria y gratuita, de 6 a 13 años), BUP, COU, Educación universitaria, Formación Profesional y Educación Permanente de Adultos. (Art. 12)

Se establece la cooperación con Bibliotecas, Archivos y otras instituciones científicas y culturales para el logro de los objetivos del SE (Art.12 punto 3)

Se establece que pueden ir surgiendo otras enseñanzas especializadas que no están en los niveles, ciclos y grados que constituyen el régimen común (Art. 46)

Se establecen diferentes modalidades de enseñanza para quienes no pueden asistir a los centros y horarios ordinarios: por correspondencia, radio y televisión, cursos nocturnos y en período no lectivo; atención a la educación de los emigrantes y sus hijos y cursos especiales para los extranjeros que les permitan un mejor aprovechamiento de la educación ordinaria (Art. 47)

Se autoriza la existencia y creación de centros no estatales (iniciativa privada) (Art. 55)

Se establece la autonomía de los centros para fijar materias y actividades optativas y para adaptar los programas a las características y necesidades del medio en que estarán emplazados (Art. 56)

Se fijan las titulaciones que dan acceso a la función de profesorado y se establece que el profesorado de los distintos niveles deberá tener una formación pedagógica adecuada a cargo de los Institutos de Ciencias de la Educación, (Art. 102)

 

 

La función de evaluación en la LGE

Preámbulo: habla de "cuidadosa evaluación del rendimiento escolar" y se refiere tanto al alumnado como a los centros

Art. 11: La valoración del rendimiento educativo se referirá tanto al aprovechamiento del alumno como a la acción de los centros

Art. 11 punto 5: Criterios para la valoración del rendimiento de los centros

Art. 19: en la EGB se tendrán en cuenta los progresos del alumno en relación con su propia capacidad. La valoración final del curso la hará en la 1ª etapa (6-10 años) el profesor respectivo, en la 2ª etapa (11-13 años) habrá pruebas flexibles de promoción, preparadas por un equipo de profesores del propio centro.

Art. 28: en el BUP, la valoración del aprovechamiento del alumno en cada curso se realizará de forma conjunta por todos los Profesores. Los alumnos que no alcancen el mínimo exigible podrán realizar pruebas de suficiencia.

Art. 38: en los niveles universitarios la valoración se hará según los estatutos de cada universidad, pero dando prioridad a la evaluación a lo largo del curso y de forma conjunta por todos los profesores de cada curso.

Art. 54: El MEC, a través de la Inspección y con el asesoramiento de los organismos competentes vigilará el rendimiento educativo en los centros de enseñanza, atendiendo de manera fundamental a lo dispuesto en el artículo 11, apart. 5

Art. 142: En el MEC existirá un Servicio de Inspección Técnica de Educación entre cuyas funciones están: colaborar con los servicios de planeamiento en el estudio de NE, asesorar a los profesores, y evaluar el rendimiento de los centros y profesores.

 

 

 

Ley Orgánica de Ordenación general del Sistema Educativo

  • Hito previo: amplio período de consulta pública a lo largo de casi tres años, durante el cual pudieron pronunciarse las Administraciones Públicas, organizaciones patronales y sindicales, colectivos y entidades profesionales con experiencia, fuerzas políticas, instituciones religiosas y fundamentalmente, los distintos sectores de la comunidad educativa)
  • Descentralización y redistribución de las competencias entre el Gobierno y las Comunidades con mayor autonomía para éstas: el Gobierno fija las enseñanzas mínimas que constituyen los aspectos básicos del currículo; las administraciones educativas de las CC. AA. establecen el currículo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo.
  • Configuración de una nueva estructura del sistema educativo: articulación del tramo previo a la escolaridad obligatoria; creación de la ESO y ampliación del período de escolaridad básica y obligatoria hasta los 16 años (en correspondencia con la edad mínima legal para incorporarse al mundo laboral); reforma del Bachillerato que pasa de tres a dos años y ofrece nuevas modalidades; y supresión del COU.
  • Reforma profunda de la FP (ciclos medios y ciclos superiores) que deja de ser la opción formativa para los que no concluyen con éxito la etapa de educación obligatoria, ya que era uno de los problemas del sistema educativo vigente que más precisaba de una reforma y el ámbito de mayor relevancia para el futuro del sistema productivo.
  • Regulación extensa de las enseñanzas de música, danza, arte dramático, artes plásticas y diseño.
  • Creación de servicios especializados de orientación académica, psicopedagógica y profesional del alumnado cuyas actividades corresponden a profesionales con la debida preparación.
  • Reconocimiento de la autonomía pedagógica de los centros para completar el curriculo en el marco de su programación docente.
  • Compensación de las desigualdades: articulación de acciones y medidas compensatorias, becas y ayudas al estudio, desarrollo de una política para las personas adultas
  • Participación activa de todos los miembros de la comunidad educativa en los órganos de gobierno
  • Establecimiento por parte del Gobierno de un marco general para la ordenación de la Función Pública Docente que luego habrá de ser regulada de forma específica por cada CC.AA., asegurando así los derechos de los funcionarios con independencia de su Administración de procedencia.
  • Oferta de actividades de Formación permanente del profesorado, consideración de ésta como derecho y obligación del profesor
  • Establecimiento y limitación de la ratio de alumnos: a 25 en Ed. Primaria y 30 en Ed. Secundaria
  • Amplios calendarios de implantación para esta reforma profunda (10 años) ( así como experimentaciones piloto respecto de innovaciones metodológicas y cambios curriculares en ciertos centros educativos)

 

 

La evaluación en la LOGSE

  • Creación del Instituto Nacional de Calidad y Evaluación que se encargará de la evaluación general del sistema educativo y de la elaboración de sistemas de evaluación para las diferentes enseñanzas y centros.
  • Orientación de la evaluación hacia las demandas sociales y necesidades educativas de los alumnos
  • Extensión de la actividad evaluadora a todos los niveles y sectores de la actividad educativa: Aplicación de la evaluación sobre los alumnos, los centros, el profesorado, los procesos educativos y la propia Administración en los distintos ámbitos territoriales de la nueva estructura descentralizada


Ley orgánica para la Calidad del Sistema Educativo

  • Se explicitan criterios de calidad, entre ellos: la equidad, que garantiza una igualdad de oportunidades de calidad; La capacidad de actuar como elemento compensador de las desigualdades personales y sociales; La participación de los distintos sectores de la comunidad educativa; La concepción de la educación como un proceso permanente, cuyo valor se extiende a lo largo de toda; la vida; La consideración de la responsabilidad y del esfuerzo como elementos esenciales del proceso educativo. La flexibilidad. El reconocimiento de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación; La capacidad de los alumnos para confiar en sus propias aptitudes y conocimientos; El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. La evaluación y la inspección del conjunto del sistema educativo. La eficacia de los centros escolares.
  • Se establecen premios de carácter nacional destinados a reconocer la excelencia y el especial esfuerzo y rendimiento académico de los alumnos, así como el de los profesores y los centros docentes por su labor y por la calidad de los servicios que presten.
  • En la ESO se reestablece la medida de la recuperación en exámenes extraordinarios (anterior suficiencia) tras los examenes ordinarios.os
  • Introducción de una "auténtica cultura del esfuerzo"-Supresión de la promoción automática: A partir de este curso, aquellos alumnos de la ESO que tengan más de dos asignaturas suspendidas tras los exámenes ordinarios y extraordinarios tendrán que repetir. (L a ESO debe recuperar el prestigio y el valor acreditativo de una formación de calidad
  • Para garantizar el derecho a la educación de quienes no puedan asistir de modo regular a los centros docentes, se desarrollará una oferta adecuada de educación a distancia.
  • Nuevos objetivos para la Educación Primaria, entre los que figuran: c) Desarrollar hábitos de esfuerzo y responsabilidad en el estudio, y actitudes de curiosidad e interés por el aprendizaje, con las que descubrir la satisfacción de la tarea bien hecha; d) Desarrollar la iniciativa individual y el hábito del trabajo en equipo. i) Desarrollar el espíritu emprendedor, fomentando actitudes de confianza en uno mismo, sentido crítico, creatividad e iniciativa personal; j) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • En ESO se cursará la asignatura de Sociedad, Cultura y Religión.
  • Itinerarios en la ESO:. En los cursos tercero y cuarto, las enseñanzas se organizarán en asignaturas comunes y en asignaturas específicas, que constituirán itinerarios formativos, de idéntico valor académico:
  • En 3º curso, los itinerarios serán dos: Itinerario Tecnológico e Itinerario Científico-Humanístico. En cuarto curso serán tres: Itinerario Tecnológico, Itinerario Científico e Itinerario Humanístico.
  • El 4º curso se denominará Curso para la Orientación Académica y Profesional Postobligatoria. Tendrá carácter preparatorio de los estudios postobligatorios y de la incorporación a la vida laboral.
  • Al finalizar el 2º curso, con el fin de orientar a las familias y a los alumnos en la elección de los itinerarios, el equipo de evaluación, con el asesoramiento del equipo de orientación, emitirá un informe de orientación escolar para cada alumno. La elección de itinerario realizada en un curso académico no condicionará la del siguiente.
  • Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las asignaturas y la superación de una prueba general de Bachillerato cuyas condiciones básicas serán fijadas por el Gobierno,.
  • Los alumnos con NEE serán escolarizados en función de sus características, integrándolos en grupos ordinarios, en aulas especializadas en centros ordinarios, en centros de educación especial o en escolarización combinada. 1. Las Administraciones educativas dotarán a los centros sostenidos con fondos públicos del personal especializado y de los recursos necesarios para garantizar la escolarización de alumnos con necesidades educativas especiales. En la programación de la oferta de puestos escolares gratuitos, se determinarán aquellos centros que, por su ubicación y sus recursos, se consideren los más indicados para atender las diversas necesidades de estos alumnos.
  • Se autorizan Centros docentes con especialización curricular y a los cuales las Administraciones educativas prestarán un especial apoyo en el caso de que sean sostenidos con fondos públicos

Los centros privados sostenidos con fondos públicos recibirán la denominación de centros concertados


LA evaluación en la LOCE

  • Evaluaciones continuas de los procesos de aprendizaje del alumnado por parte del profesorado en la educación primaria y en la ESO: (Art. 17; art. 28)
  • Evaluaciones generales de diagnóstico que tendrán como finalidad comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas en los niveles educativos de Primaria y ESO. (Art.18; art. 30).
  • Realización de planes de valoración y de fomento de la evaluación voluntaria de la función pública docente con el fin de mejorar la labor docente del profesorado. (art. 60 y 61,).
  • Por parte de los centros educativos, desarrollo de mecanismos de responsabilidad y, en particular, de procedimientos de evaluación, tanto externa como interna que sirvan de estímulo y permitan orientar convenientemente los procesos de mejora. ( punto 3, art. 67 )
  • Por parte de las administraciones educativas, la promoción de acuerdos o compromisos con los centros educativos para el desarrollo de planes y actuaciones que comporten una mejora continua tanto de los procesos educativos como de los resultados (punto 4, art. 67)).
  • Evaluación periódica del funcionamiento y cumplimiento de los objetivos de los centros educativos, así como el análisis de los resultados de las pruebas externas que se realicen en los mismos por parte de los órganos de participación en el control y gestión del centro.
  • Evaluación general del sistema educativo por parte del MEC, que se extiende a procesos de aprendizaje de los alumnos, procesos educativos, la actividad del profesorado, los centros docentes, la inspección de educación y la propia Administración (Artículo 95 Artículo 96 ., punto 1 )
  • Elaboración de evaluaciones generales de diagnóstico sobre áreas y asignaturas en relación con las competencias básicas del currículo en el caso de la Educación primaria y la ESO (Artículo 97 , puntos 1 y 3).
  • Elaboración de un Sistema Estatal de Indicadores de la Educación por parte del Instituto Nacional de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo, (oídas las CC.AA) que contribuirá a orientar la toma de decisiones en la enseñanza, tanto de las instituciones educativas como de las Administraciones, los alumnos o las familias (Artículo 98 , punto 1).
  • Elaboración periódica de un plan de evaluación general del sistema educativo,

 


Ley Orgánica de Educación

  • Cambio en el concepto de evaluación, pasa a ser concebido como un servicio público esencial dentro de las comunidades.
  • Los currículos pasan a formar parte de los programas de estudios europeos, con los que se pretende la adquisición de destrezas en competencias básicas marcadas por la UE.
  • Desaparecen los ciclos en la ESO
  • Las cuatro modalidades de bachillerato que existían hasta el momento pasan a ser tres, aparece el bachillerato de Artes, Música y Danza y se mantiene el de Ciencias y Tecnología y Humanidades y CCSS.
  • Se introduce la asignatura de Educación para la Ciudadanía
  • La religión es obligatoria en los centros pero optativa para el alumnado
  • Aparecen los programas de PCPI (Programas de Cualificación Profesional Inicial)

 

 

La evaluación en la LOE

  • Evaluaciones de los procesos de aprendizaje del alumnado continuas y globales al final de las tres etapas (Ed. Primaria, Secundaria y Bachillerato) y adaptadas en el caso del alumnado con N.E.E
  • Evaluaciones individualizadas de todos los alumnos /as al finalizar cada ciclo y /o etapa educativa (3º e 6º de primaria, 4º de la ESO, 2º de Bachillerato) en las que se comprobará el grado de adquisición de las competencias en determinadas áreas.
  • Realización de planes de evaluación de la función docente, por parte de las Administraciones educativas que deberán ser públicos y cuyos resultados deberán ser tenidos en cuenta en los concursos de traslados en la carrera docente, junto con las actividades de formación, investigación e innovación. (art.106)
  • Evaluaciones generales del sistema educativo por parte del Instituto Nacional de Evaluación Educativa mediante planes plurianuales.
  • Participación en evaluaciones internacionales (coordinadas por el El Instituto nacional de Evaluación Educativa en colaboración con las Administraciones educativas)
  • Elaboración de un Sistema Estatal de Indicadores de la Educación que contribuirá al conocimiento del sistema educativo y a orientar la toma de decisiones de las instituciones educativas y de todos los sectores implicados en la educación.
  • Realización de planes de evaluación de los centros educativos por parte de las Administraciones en los que se tendrán en cuenta las situaciones socioeconómicas y culturales de la familias y el alumnado que acogen, el entorno del propio centro y los recursos de que dispone.
  • Presentación de un informe anual al Congreso de los Diputados sobre los indicadores, los resultados de las evaluaciones de diagnóstico y las recomendaciones planteadas

 

Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa

  • Lenguas cooficiales: se contempla un "tratamiento simétrico" entre las lenguas cooficiales y el castellano.
  • Aparecen tres tipos de asignaturas en la ESO: troncales, específicas y de libre configuración autonómica.
  • Eliminación de la asignatura de Educación para la Ciudadanía.
  • La asignatura de Religión y sus asignaturas alternativas, Valores Culturales y Sociales en Primaria y Valores Éticos en Secundaria, serán evaluables y contarán para la media del curso y a la hora de solicitar becas.
  • .Se "moderniza” la FP: Los ciclos de Formación Profesional Básica sustituyen a los actuales Programas de Cualificación Profesional Inicial y pasarán a ser de 2 años completos, considerados como educación básica, obligatoria y gratuita.
  • Dirección de centros: aumentan las competencias del director y se modifica el procedimiento de selección, se añade como requisito la certificación previa mediante un curso.


La evaluación en la LOMCE

  • Evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado continua, global y teniendo en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas. Adaptada en el caso del alumnado con NEE.
  • Los alumnos/as accederán al curso o etapa siguiente siempre que se considere que han logrado los objetivos y han alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes. De no ser así, podrán repetir una sola vez durante la etapa.
  • Evaluaciones individualizadas al finalizar 3º y 6º de Primaria, 4º de ESO y 2º de Bachiller.
  • La evaluación del proceso de aprendizaje en la ESO será continua, formativa e integradora.
  • Los alumnos/as promocionarán de 1º a 2º de Bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan una evaluación negativa en dos materias, como máximo.
  • El Título de bachillerato se obtiene mediante el 60% de la nota media de Bachiller y el 40% de la nota media obtenida en la evaluación final de Bachiller.
  • Se eliminan las Pruebas de Acceso a la Universidad y serán las universidades las que podrán determinar la admisión de alumnos/as que hayan obtenido el título de Bachillerato
  • Evaluación del sistema educativo por parte Instituto Nacional de Evaluación Educativa y las Administraciones.

 

 

 


 

 

 

 

 


 

 

 





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